441 días en prisión preventiva: el caso de Julio Lorca y la absolución que expuso fallas del sistema judicial chileno

Fue acusado de abuso sexual, pasó más de un año en prisión preventiva y terminó absuelto. El caso de Julio Lorca reveló errores investigativos, falencias periciales y el impacto de una medida cautelar que, para muchos, puede transformarse en castigo anticipado.

El 4 de diciembre de 2012, la vida de Julio Alejandro Lorca Velásquez cambió por completo. Profesor del colegio “Altamira”, en la Región Metropolitana, fue acusado de abusar sexualmente de una alumna de 13 años. Meses después, terminaría en prisión preventiva.

Pasó 441 días privado de libertad y luego declarado inocente. Hoy, su caso forma parte del Proyecto Inocentes, iniciativa que reúne historias de personas imputadas injusta y posteriormente absueltas.

La investigación comenzó luego de que la menor presentara una inflamación genital tras regresar a su casa desde el colegio. Inicialmente, la niña no identificó a ningún agresor. Durante una declaración ante Fiscalía, incluso respondió: “¿Alguien te ha tocado?”
“Nadie”, información sacada del Proyecto Inocentes.

Sin embargo, semanas después, la menor sindicó a Julio Lorca como responsable.

La acusación avanzó rápidamente. Pero mientras la investigación continuaba, Lorca permanecía en prisión preventiva, pese a que su defensa sostenía que nunca estuvo solo con la estudiante.

Un caso marcado por errores investigativos

Con el paso de los meses, comenzaron a aparecer contradicciones dentro de la propia investigación.

La denuncia indicaba que el supuesto delito habría ocurrido entre las 16:00 y las 18:00 horas del 3 de diciembre de 2012. Sin embargo, la defensa acreditó que Julio Lorca ya no se encontraba en el establecimiento a esa hora.

Frente a eso, la Fiscalía cambió la hora en que supuestamente ocurrieron los hechos. Aun así, durante el juicio se acreditó que la menor nunca estuvo sola, ya que permaneció acompañada por profesores, compañeros y funcionarios del establecimiento. 

La sentencia absolutoria fue categórica. En Séptimo, el tribunal señaló que “la prueba rendida por los persecutores, en especial la médico forense, no ha sido suficiente para acreditar los supuestos fácticos centrales contenidos en los libelos acusatorios”.

Más adelante, el Décimo Sexto agregó que “la prueba científica aportada por los persecutores ha demostrado que la supuesta violación no pudo ocurrir el día 3 de diciembre de 2012”. Además, el tribunal sostuvo que las lesiones descritas correspondían a “un fenómeno escoriativo de tipo alérgico y una infección inflamatoria de tipo micótico”.

La sentencia también cuestionó directamente las falencias investigativas del caso. Incluso, el fallo condenó en costas proporcionales al Ministerio Público por negligencias apreciadas durante el juicio.

Cuando la prisión preventiva se transforma en castigo

Mientras el proceso avanzaba, Julio Lorca seguía privado de libertad. En Chile, la prisión preventiva es considerada una medida cautelar excepcional.

El artículo 140 del Código Procesal Penal establece que esta medida debe aplicarse solo cuando existan antecedentes que justifiquen su necesidad.

Además, la propia Defensoría Penal Pública sostiene que “la prisión preventiva debe ser excepcional”.

Sin embargo, casos como el de Julio Lorca han reabierto el debate sobre cuánto tiempo puede permanecer encarcelada una persona sin condena definitiva.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos advierte que la prisión preventiva no puede transformarse en una pena anticipada y, en el caso de Julio Lorca, pudo recuperar su libertad el 11 de junio de 2014.

Pero después de 441 días encarcelado, la absolución no borró el impacto de una acusación que el propio tribunal concluyó que nunca pudo acreditarse.

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